El Plan de Igualdad es un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo (art. 46 LOIMH).
Los planes de igualdad deben de establecer:
- Los objetivos de igualdad que se pretenden alcanzar con el Plan de Igualdad.
- Las estrategias, prácticas o medidas que se han de implantar para alcanzar los objetivos.
- Las medidas para el seguimiento y evaluación de los objetivos y de las medidas.
El contenido mínimo del Plan de Igualdad dependerá de los resultados obtenidos del diagnóstico previo negociado, que es obligatorio y deberá de contener, al menos las siguientes materias:
- Proceso de selección y contratación.
- Clasificación profesional.
- Formación.
- Promoción profesional.
- Condiciones de trabajo, incluida la auditoria salarial entre mujeres y hombres.
- Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral.
- Infrarrepresentación femenina.
- Retribuciones
- Prevención del acoso sexual y por razón de sexo.